Derecho laboral
Si te despidieron, no te pagaron lo que corresponde o sufriste un accidente en el trabajo, podemos analizar tu situación y ver qué caminos existen. Las reglas laborales cambiaron en 2026 con la Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802), así que cada caso se revisa con la normativa que le corresponde.
Situaciones en las que puedo ayudarte
- Despido sin causa o con una causa que no es real.
- Trabajo no registrado o registrado de forma parcial ("en negro" o "en gris").
- Falta de pago de sueldos, diferencias salariales, vacaciones, aguinaldo u horas extra.
- Accidentes de trabajo y enfermedades vinculadas al trabajo, incluidos los accidentes en el camino de ida o vuelta al trabajo.
- Reclamos contra la ART y trámites ante la Comisión Médica.
- Cartas documento y telegramas: cómo responderlos, porque los plazos para contestar son cortos.
Cómo se encara un reclamo
- Consulta Me contás qué pasó y revisamos la documentación que tengas.
- Análisis Vemos qué podría corresponder reclamar, con qué normativa y cuáles son las vías posibles.
- Intimaciones y trámites previos Según el caso, se intima al empleador por telegrama o carta documento y se recorren las instancias previas que correspondan. En accidentes de trabajo, el paso previo es el trámite ante la Comisión Médica.
- Reclamo Si no hay una solución, se evalúa iniciar el reclamo judicial ante la justicia laboral de Córdoba.
Documentación que conviene reunir
- DNI.
- Recibos de sueldo, si los tenés.
- Telegramas, cartas documento y mensajes con el empleador.
- Fecha de ingreso, tareas, horarios y categoría.
- Datos del empleador: nombre o razón social, CUIT y domicilio.
- Si no estabas registrado: mensajes, transferencias, fotos y nombres de compañeros que puedan dar testimonio.
- En caso de accidente: certificados médicos, denuncia y datos de la ART.
¿Cuánto te corresponde?
La indemnización por un despido depende de la antigüedad, el sueldo, la causa y otros factores de cada caso. Contame tu situación por WhatsApp y la revisamos.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si me despidieron?
Conservá toda la documentación y las comunicaciones, y antes de firmar algo asesorate. Firmar un acuerdo o cobrar una liquidación puede tener consecuencias sobre lo que después podés reclamar. En una consulta analizamos tu caso y qué corresponde hacer.
¿Hay un plazo para reclamar?
Sí. En general, los reclamos laborales prescriben a los 2 años (artículo 256 de la Ley de Contrato de Trabajo), y en los accidentes de trabajo la Ley de Riesgos del Trabajo también prevé 2 años. Los plazos de cada rubro se cuentan de forma distinta, por eso conviene consultar cuanto antes.
¿Puedo reclamar si trabajaba sin estar registrado?
Sí, el trabajo no registrado también puede reclamarse. Ayuda mucho reunir pruebas de la relación: mensajes, transferencias, fotos, nombres de compañeros que puedan dar testimonio. Ojo: las multas por falta de registración que existían antes (Leyes 24.013, 25.323 y 25.345) fueron derogadas en 2024 por la Ley 27.742, así que en la consulta vemos qué rubros siguen siendo reclamables en tu caso.
¿Cuánto me corresponde de indemnización?
Por despido sin causa, la regla general es un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor de tres meses. Con la reforma de 2026, el aguinaldo y las vacaciones no se incluyen en la base de cálculo, y la indemnización pasa a ser la única reparación por el despido. El monto final depende de la antigüedad, la remuneración, la categoría, la fecha del despido y la causa, así que no se puede dar una cifra sin analizar tu caso.
¿Me aplica la reforma laboral de 2026?
Depende de la fecha en que empezó y terminó tu relación laboral y de qué reclamás. Se revisa en la consulta.
¿Qué hago si tuve un accidente de trabajo?
Avisá al empleador y denunciá el accidente a la ART lo antes posible, y guardá certificados médicos y estudios. Si la ART rechaza la denuncia o no estás de acuerdo con el alta o el porcentaje de incapacidad, el paso siguiente es la Comisión Médica, que es obligatoria antes de ir a juicio. Los plazos para recurrir un dictamen son cortos.
¿Puedo consultar si no vivo cerca?
Sí, podés hacer la consulta por videollamada desde donde estés.
¿Querés contarme tu caso?
Escribime por WhatsApp y analizamos tu situación.